EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.500/2000.-
ARTICULO 1: Convalídase Convenio celebrado entre el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad
sobre la prestación de asistencia financiera por parte de ese Instituto de 5
(cinco) módulos de viviendas completos en el Partido de
Chacabuco.—————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL CLUB SARMIENTO DE LA LOCALIDAD DE RAWSON,
PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.-