EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.514/2000.-
ARTICULO 1: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño con frente a
la obra, Construcción de Cordón Cuneta, en diversas calles de nuestra
ciudad.——————————
CALLES:
BALCARCE ENTRE SOBERANIA NACIONAL Y SAN ISIDRO LABRADOR
BALCARCE ENTRE SAN ISIDRO LABRADOR Y ESPORA
VILLEGAS ENTRE SAN ISIDRO LABRADOR Y ESPORA
VILLEGAS ENTRE ESPORA Y ANDRES DE VERA
ESPORA ENTRE VILLEGAS Y BALCARCE
ANDRES DE VERA ENTRE BALCARCE Y VILLEGAS
ANDRES DE VERA ENTRE VILLEGAS Y LA PLATA
ESPORA ENTRE VILLEGAS Y LA PLATA
PINTOS ENTRE SALTA Y SAN LUIS
CORDOBA ENTRE MATHEU Y LLARREA
LAPRIDA ENTRE SOSA Y FUERZA AEREA
FUERZA AEREA ENTRE GARAY Y LAPRIDA
BOCACALLES:
FUERZA AEREA Y LAPRIDA
ANDRES DE VERA Y VILLEGAS
ESPORA Y VILLEGAS
PINTOS Y SALTA LARREA Y CORDOBA
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLE DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.-