EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5217/10
ARTICULO 1º: Autorizase la Excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos ———————- Nº 2322/00 al Sr.
Petrella Aldo Leonel D.N.I. 25.696.639, en el Rubro
"Taller mecánico de
electricidad, chapa y pintura permitiéndosele el funcionamiento;
previa Habilitación Municipal, en el Inmueble ubicado en calle San Lorenzo Nro.337
de nuestra Ciudad. Según Expte. Administrativo Nº 4029-3773/13-08.
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEITICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.
EXPTE Nº 11.312/10