EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.518/2000.-
ARTICULO 1: Autorizase, a la Escuela N° 3 Amado
Nervo de la ciudad de Chacabuco, al uso de espacio público comprendido por las
calles Tucumán entre Maipú y R.E. de San Martín, Maipú entre Catamarca y
Tucumán y a partir de las 8.00 Hs. y hasta 16.00
Hs.————————————————————–
ARTICULO 2°: Solicitase a los peticionante, informar
al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de acatar las normativas vigentes
para los eventos a desarrollarse en dicho espacio
público.—————————————-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL CLUB UNION, DE LA LOCALIDAD DE CASTILLA
PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
2000.——————————————————————————————-