EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.522/2000.-
ARTICULO 1°: Autorízase al Grupo de Artesanos
Independientes de Chacabuco al uso del espacio Público en Plaza Gral. San
Martín, para los días 15, 16, y 17 de diciembre del año
2.000.—————————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal; con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollarse en dicho
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL CLUB UNION, DE LA LOCALIDAD DE CASTILLA
PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
2000.——————————————————————————————-