EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.530/2000.-
ARTICULO 1°: Autorizase, a
Escuela de Actividades Culturales, al uso del espacio público comprendido por
la Intersección de las calles San Martín, Av. Alsina y Belgrano, para el día
10 de Diciembre de 2.000 a partir de las 18.00 Hs. hasta las 23.00
Hs.——————————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de acatar las
normativas vigentes para los eventos a desarrollarse en
dicho.————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–