EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.539/2000.-
ARTICULO 1°: Convalídase
Convenio marco celebrado entre Concejo Nacional de la Mujer y la Municipalidad
de Chacabuco, que tiene como fin promover en ámbito Municipal el diseño e
implantación de políticas, proyectos y actividades destinadas a la mujer, en
el marco de la Ley Nacional N° 23.179.—-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–