EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.541/2000.-
ARTICULO 1°: Convalídase
Contrato General de Obra celebrado entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco
Ltda., y esta Municipalidad sobre la ejecución de obras de Cordón Cuneta en la
Localidad Rawson.———————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–