EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.551/2000.-
ARTICULO 1°: Autorizar
al Sr. Intendente Municipal a firmar la escritura que instrumente la renovación
del derecho de usufructo a la empresa Industrias del Maíz S.A. sobre las calles
existentes entre las quintas 490
(Nomenclatura catastral: Cir.: I – Sec.: E – Qta.: 364 – Pa.:
1) y 512
(Nomenclatura catastral: Cir.: I – Sec.: E- Qta.: 373) y
entre las 512 y 511
(Nomenclatura catastral: Cir.: I – Sec.: E -Qta.: 372), en su
extensión de metros de ancho, respectivamente, previsto en la escritura N° 64
de fecha 29/04/69 y en sus mismos términos.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–