EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.555/2000.-
ARTICULO 1°: Convalídase
Convenio Complementario celebrado entre la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco y
esta Municipalidad sobre modificaciones de nóminas de aceras de la ejecución
de la Obra Construcción Cloacas acordadas en el contrato original de fecha
4/9/00.—————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–