EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2257/99
ARTICULO 1º: Exímase por
única vez y por vía de excepción el cobro de la tasa por derecho a
espectáculos públicos, en el recital del Cantor Loen Giecco a realizarse en el
Predio de la Sociedad Rural de Chacabuco, el día 16/10/99 organizado por las
instituciones educativas : Jardín 908, Escuelas 3,22, y 45
.———————————-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.——-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE .-