EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 2.564/2000.-
ARTICULO 1°: Convalídase
convenio complementario y modificatoria del contrato general de obra de cloacas
celebrado el 4 de Septiembre de 2.000 entre la Municipalidad de Chacabuco y la
Cooperativa de Chacabuco Ltda.——
ARTICULO 2°: Comuníquese
al Departamento Ejecutivo Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–