EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA N° 2.569/2000.-

 

ARTICULO 1°: Autorizar a
la Sociedad de Fomento 2 de Mayo al uso de espacio público ubicado en la calle
Mármol de 100 al 200 de su numeración catastral. Para el día 30 de Diciembre
del año 2000, entre las 20.00 Hs. y las 01.00 Hs. del día
siguiente.———————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, con fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollarse en dicho espacio
público.————————————

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–