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EL HONROABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.650/2001

ARTICULO 1°: Convalídase Convenio celebra entre MINISTERIO
DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD
DE CHACABUCO
, sobre colaboración técnica con aporte financiero para la
obra Monumento en función de pórtico en rotonda acceso a la ciudad y partido
de Chacabuco, en razón de la nueva traza del
acceso.—————————————————————————

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL UNO.-