EL HONORABLE COCNEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.665/2001
ARTICULO 1°: Convalídase Contrato de Instalación
de Alumbrado Público Barrial entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. y
esta Municipalidad sobre instalación de Alumbrado Público en la Quinta 578 de
la ciudad de
Chacabuco.——————————————————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-