EL HONORABLE COCNEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.667/2001
ARTICULO 1°: Convalídase Convenio celebrado entre
Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. y esta Municipalidad sobre creación
del FONDO PARA LA EXTENSIÓN DEL ALUMBRADO PUBLICO EN EL PARTIDO DE
CHACABUCO.—————————————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-