EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.692/2001
ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueños de las
parcelas con frente a la obra, ejecución ensanche de pavimento, en las
siguientes calles y bocacalles de nuestra ciudad:
CALLE |
ENTRE |
Avenida Garay |
Dardo Rocha y J.M. de Rosas |
Avenida Garay |
J.M. de Rosas y C. Sosa |
Avenida Garay |
C. Sosa y Fuerza Aérea |
BOCACALLE |
Avenida Garay y C. Sosa |
Avenida Garay y Fuerza Aérea |
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
UNO.-