EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.704/2001
ARTICULO 1°: Establécese la circulación de la
calle Pueyrredón de única mano y con sentido obligatorio desde calle Bernardo
de Irigoyen hasta la Calle Vicente López en sentido
descendente.————————————————–
ARTICULO 2°: Procédase a efectuar la
correspondiente señalización.————
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL UNO.-
AUTOR: Griselda ARROSTITO
EXPTE.NRO. 6.534