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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.711/2001

ARTICULO 1°: Convalídase Convenio de Cooperación
para la instalación de una Defensoría de Pobres Descentralizada en Casas de
Justicia celebrado entre la Defensoría General del Departamento Judicial de
Junín y esta Municipalidad.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL UNO.

EXPTE.NRO. 6.465/01