EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.711/2001
ARTICULO 1°: Convalídase Convenio de Cooperación
para la instalación de una Defensoría de Pobres Descentralizada en Casas de
Justicia celebrado entre la Defensoría General del Departamento Judicial de
Junín y esta Municipalidad.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL UNO.
EXPTE.NRO. 6.465/01