EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.742/01
ARTICULO 1°: Autorízase a la Señora Griselda
Mariel TORRES, DNI 24.119.758, domiciliada en Zapiola N° 481 a la
instalación de una "Confitería de estar" en la calle
Zapiola 481, de la ciudad de Chacabuco, exceptuándola de la Ordenanza N° 2.322
S/Zonificación Según Usos en la ciudad de Chacabuco.——–
ARTICULO 2°: La presente caducará al cumplirse 12
meses de su promulgación.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL UNO.-
EXPTE.NRO. 6.645/01