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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES,A CUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.806/01

ARTICULO 1°: Autorízase el uso del espacio
público, comprendido entre calles Reconquista y Pueyrredón y 40 metros de
calle Pueyrredón los días 8, 9 y 10 de enero de 2002 a partir de las 15:00 hs.
y hasta madrugada siguiente, a Músicos Unidos de Chacabuco a fin de realizar IX
Festival Provincial de Tango y Folklore.————————

ARTICULO 2°: Los organizadores deberán entregar el
sector utilizado en buenas condiciones de orden y limpieza, como fuera
recibido.———————————————-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL UNO.-

EXPTE.NRO. 6.665/01