EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.860/02
ARTICULO 1°: Autorízase al titular de la
Confitería Bailable "Portal" la utilización del espacio público de
la Plaza San Martín (frente a Avenida Alsina), los días 8 y 9 de enero de 2002
a partir de las 19:00 hs. hasta las 21:00 hs., para pasar música difundiendo
dicho
local.——————————————————————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte del solicitante
al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento de
las normas vigentes respecto a la utilización del espacio
público.—————————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS
MIL DOS.-