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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DESUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.875/02

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a
aceptar compensaciones, a pedido de partes, de créditos y deudas de proveedores
y contribuyentes de la Municipalidad de
Chacabuco.——————————————————————————

ARTICULO 2°: Unicamente los proveedores de la
Municipalidad de Chacabuco con residencia en el Partido de Chacabuco podrán
solicitar cobrar sus acreencias mediante el sistema de compensación con
terceros dispuesto en el artículo 1°.————————-

ARTICULO 3°: Unicamente los contribuyentes de las
siguientes tasas podrán solicitar pagar sus deudas mediante el sistema
dispuesto en el artículo 1:

1.- TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS.-

2.- TASA POR SERVICIOS SANITARIOS.-

3.- TASA POR CONSERVACIÓN, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED
VIAL MUNICIPAL.-

4.- TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE.-

5.- TASA POR INSPECCION VETERINARIA.-

ARTICULO 4°: Se podrán cancelar tasas
correspondientes a los períodos anteriores al año 2001 inclusive. Asimismo
podrán cancelarse tasas con vencimiento en el presente año cuando el pago se
refiera a la totalidad de la tasa devengada y a devengarse en el presente
ejercicio.———————————————————————————————

ARTICULO 5°: Será facultad del Departamento
Ejecutivo la aceptación o no de las compensaciones
solicitadas.——————————————————————————-

ARTICULO 6°: La Oficina de Recaudación
confeccionará el formulario de compensación de créditos, el cual estará
firmado por el proveedor.—————————-

ARTICULO 7°: En ningún caso corresponderá aplicar
el descuento del 17% que se obtiene cuando se está al día con las tasas
municipales.——————————————

ARTICULO 8°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS
MIL DOS.-

EXPTE. N° 6.954/02