2927

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
:
la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.927/02

ARTICULO 1°:
Exceptúase al club Atlético Castilla en lo que respecta a la presentación de
planos en el Expediente de habilitación N°
1.066/99.——————————————-

ARTICULO 2°:
Acéptase como documentación válida el croquis que ya se encuentra adjunto en
el expediente de habilitación mencionado en el artículo
precedente.————-

ARTICULO 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN
LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS
DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.-

AUTOR: Concejal Daniel MICUCCI

EXPTE. N° 7.059/02