EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.927/02
ARTICULO 1°:
Exceptúase al club Atlético Castilla en lo que respecta a la presentación de
planos en el Expediente de habilitación N°
1.066/99.——————————————-
ARTICULO 2°:
Acéptase como documentación válida el croquis que ya se encuentra adjunto en
el expediente de habilitación mencionado en el artículo
precedente.————-
ARTICULO 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN
LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS
DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
AUTOR: Concejal Daniel MICUCCI
EXPTE. N° 7.059/02