EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA Nº 2.945/2002
ARTICULO 1º: Rechazar en general y en particular la
Memoria y Balance correspondiente al Ejercicio
2001.———————————————————-
ARTICULO 2º: Se eleven los vistos y considerandos que
anteceden al presente dictamen a la Delegación Junin del Honorable Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de su análisis
pertinente.——–
ARTICULO 3º: Comuniquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscribase.—————————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.
EXPTE Nº 7095/2002