EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2965/02
ARTICULO N° 1: Convalidase Contrato General de Obra
Cordón Cuneta, celebrado entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. y esta
Municipalidad para la ejecución de la obra de construcción Cordón Cuneta de
una ( 1) cuadra y una (1) bocacalle, ubicadas en la ciudad de Chacabuco, cuya
nómina es la siguiente: 1) Córdoba entre Matheu y Larrea, y 2) Bocacalle
Córdoba y Larrea.————————————————-
ARTICULO N° 2: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.——-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.
Expte. N° 7156/02