EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2966/02
ARTICULO N° 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal, en los términos del articulo 140° y concordantes del Reglamento de
Contabilidad, la registración y el pago de la deuda determinada por el
Departamento de Cómputos de Servicios dependiente de la Dirección de
Determinación y Liquidación de Haberes del Instituto de Previsión Social, por
el importe de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ( $
9.904,38), en concepto de aportes patronales no
efectuados.——————————————————————————————————
ARTICULO N° 2: Autorizase al Instituto de Previsión
Social de la Provincia de Buenos Aires a descontar dicho importe de la
coparticipación municipal.——————————–
ARTICULO N° 3: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.——-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-
Expte N° 7225/02