EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.971/02
ARTICULO 1°: Autorízase al Jardín N° 909 de la
localidad de Rawson, Partido de Chacabuco, a la utilización del espacio
público en calles: Guillermo Rawson, Rivadavia y 9 de Julio de dicha localidad,
el día 4 de agosto de 2002, de 10:00 hs. a 18:00 hs., con motivo de realizar
carreras de obstáculos para recaudar fondos para la Cooperadora del
jardín.————————————————————————————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacio
público.—————————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
EXPTE. N° 7.258/02