EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.972/02
ARTICULO 1°: Autorízase a la Sociedad de Fomento 9
de Julio de Chacabuco, a la utilización del espacio público en calle 9 de
Julio – Sección Quintas – intersección con calle Ullúa primera y segunda
cuadra, el día 4/08/02, a partir de las 13:00 hs. con motivo de realizar
carreras de
sortijas.——————————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacio
público.—————————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
EXPTE. NRO. 7.248/02