EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.992/02
ARTICULO 1°:
Colóquese en la escalera de acceso al Honorable Concejo Deliberante, luces de
emergencia de acuerdo a lo establecido en la Ley de
seguridad.——————–
ARTICULO 2°:
Colóquese en el Recinto del Honorable Concejo Deliberante luces de emergencia
que permitan movilizarse en forma segura para los concurrentes.————–
ARTICULO 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN
LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS
VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
AUTOR: Concejal Juan Carlos RODRIGO
EXPTE. N° 7.313/02