EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.003/02
ARTICULO 1°: Condónase al contribuyente CHACABUCO
AERO CLUB, respecto al inmueble Nomenclatura Catastral 603 – 553 – 00,
la deuda por la Tasa de Conservación, Reparación y mejorado de la Red Vial
Municipal, correspondiente a los años 1995 a
1998.——————————————————————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DOS.-
EXPTE. NRO. 6.777/02