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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 3.124/03

ARTICULO 1°: Autorízase a la Asociación Cooperadora
del Jardín N° 909, de la localidad de Rawson, del Partido de Chacabuco, a la
utilización del espacio público de calle Pueyrredón, entre calles Avenida
Chacabuco y Pasaje Moure, frente edificio Jardín 909, el día 15/03/03 a partir
de las 19:00 hs. hasta las 02:00 hs. del día domingo, para realizar un festival
folklórico.——————————————————————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.————————————————————————–

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL TRES.-

EXPTE. NRO. 7.629/03