EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.145/03
ARTICULO 1°: Convalídase Contrato General de Obra
Cordón Cuneta en O’Higgins, celebrado entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco
Ltda. y esta Municipalidad oportunamente suscripto entre las partes, para la
ejecución de la obra de construcción Cordón Cuneta – Plan de cinco (5) cuadras y
tres (3) bocacalles, ubicadas en O’Higgins, partido de Chacabuco, cuya nómina es
la siguiente:
CALLES:
Alsina entre 25 de Mayo y Dr. Martini.-
Mitre entre 25 de Mayo y Dr. Martini.-
25 de Mayo entre Alsina y Mitre.-
25 de Mayo entre Mitre y Junín.-
Lavalle entre Sarmiento y Dr. Maggi.-
BOCACALLES:
Alsina y 25 de Mayo.-
Mitre y 25 de Mayo.-
Junín y 25 de Mayo.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
TRES.-
EXPTE. NRO. 7.696/03