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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 3.149/03

ARTICULO 1°: Convalídase contrato celebrado entre la
Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. y la Municipalidad de Chacabuco para la
obra de construcción de cordón cuneta en la localidad de
O’Higgins.———————————————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
TRES.-

EXPTE. NRO. 7.673/03