EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.246/03
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, en los términos del Artículo 140° y concordantes del Reglamento de
Contabilidad, el registro y pago de la deuda reclamada por el agente Municipal
Rubén Osmar OLIVETTO, por la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON
20/100 ( $ 1.327,20), Expte. nro. 4029-2868/03, sobre reconocimiento de deudas
por horas extras no liquidadas.————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.——————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES.-
EXPTE. NRO. 7.926/03