EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.274/03
ARTICULO 1°: Debido a la declaración de interés
social del Instituto Superior de Estudios Humanos y Sociales, cuya apertura
fuera declarada de interés municipal según Ordenanza 3.042/03, se concede
excepción al cumplimiento de la normativa vigente con respecto a la Ordenanza de
planeamiento .-
ARTICULO 2°: Se otorga eximisión al pago de la Tasa
correspondiente a Derecho de construcción según la normativa de la Ordenanza
Impositiva N° 1.950/97
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
TRES.-.
EXPTE.N° 7.950/03-