EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA Nº 3295/2003
ARTICULO 1º: Dar lugar a la excepción solicitada por
el vecino ROBERTO CHORNOMAZ para la construcción de un local destinado a
cochera en el inmueble ubicado en calle Buenos Aires Nº 127 y cuya Nomenclatura
Catastral es: CIRCUNSCRIPCION I, SECCION A, MANZANA 36, PARCELA 11b, PARTIDA
23751.————————————————————————-
ARTICULO 2º:La excepción es a la Ordenanza de
Zonificación Nº 2322/00, Disposiciones particulares , Retiro: 0,25 metros del
eje medianero en estructuras de HºAº.—————————————————————————-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.—————————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
TRES.
EXPTE. NRO. 7888/03 y 7891/03-