EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA Nº 3301/2003
ARTICULO 1º: Otórgase el espacio público de las tres
primeras cuadras de la Av. Alsina a la Sociedad de Fomento Obras Sanitarias
Sector Oeste para la realización de los corsos Año
2004.—————————————————–
ARTICULO 2º: Dicho permiso es para los días 21,22,28
y 29 de febrero de 2004, en el horario de 20:00 a 01:00 hs.————————————————–
ARTICULO 3º: Derógase la Ordenanza Nº
3230/03;——————————–
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.—————————————————————————————–
EXPTE. NRO. 8017/03-