EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.336/03
ARTICULO 1°: Prorrógase a partir del 1 de diciembre
de 2003 hasta el día 31 de diciembre de 2003, el Período de Sesiones
Ordinarias.—————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES.-
EXPTE. NRO. 8.102/03