3336

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A N° 3.336/03

 

 

ARTICULO 1°: Prorrógase a partir del 1 de diciembre
de 2003 hasta el día 31 de diciembre de 2003, el Período de Sesiones
Ordinarias
.—————————————–

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES.-

 

EXPTE. NRO. 8.102/03