EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nro.3421/04
ARTICULO 1°: Declárese de
interés social la inscripción del reglamento de copropiedad y administración
y posterior Escrituración correspondiente a las unidad ubicada en Cir. 1,
Sección F, Manzana 454 a, Parcela 10, U.F.1, para que intervenga la Escribanía
General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires-
ARTICULO 2° : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
DADO : EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
EXPTE 8223/04