EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA. LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A NRO. 3468/04
ARTICULO 1°: Declárase de Interés Comunitario y
Social la construcción de las instalaciones de la Sociedad de Fomento "
Barrio Mataderos", donde funcionará la Sede de la Institución y
Periférica de Atención Primaria de la Salud.——————–
ARTICULO 2°: En virtud de la declaración de
Interés Comunitario y Social, solicitar a la Secretaria de Obras y Servicios
Públicos del Departamento Ejecutivo, que tenga a bien confeccionar los planos
correspondientes de construcción de las instalaciones de la Sociedad de Fomento
Mataderos.————————————–
ARTICULO 3°: Condónase las deudas que en concepto
de tasas municipales gravan al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción, Sección C, Manzana 160 – B, Parcela Seis (6), Partida
Inmobiliaria 26.312-00, con la finalidad de posibilitar la regularización
dominial del inmueble precedentemente individualizado, propiedad por Boleto de
Compra de la Sociedad de Fomento Barrio Mataderos, Entidad de Bien Público n°
177.——————————————-
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.- –
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-
EXPTE NRO. 8387/04
Autor: Dr. Mauricio G. Barrientos