EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA : LA SIGUIENTE

 

O R D E N A N Z A NRO 3495/04

 

 

ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, " Red de Gas Natural" de las siguientes calles:

Avda. COLON entre Cervantes y Mitre ( Acera Par)

 

Avda. COLON entre Mitre y Pringles ( Acera Par)

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-

 

EXPTE NRO. 7480/02