EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA : LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A NRO 3495/04
ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, " Red de Gas Natural" de las siguientes calles:
Avda. COLON entre Cervantes y Mitre ( Acera Par)
Avda. COLON entre Mitre y Pringles ( Acera Par)
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-
EXPTE NRO. 7480/02