EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA, la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 3.570/04
ARTICULO 1º: En virtud de la documentación y
dictámenes obrantes en el Expediente ——————— Administrativo Nº
4029-2629, autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a registrar la deuda y
efectuar el pago al agente municipal Sandro Gustavo Belfiore, Legajo nº 3.940,
correspondiente a la bonificación por función desde el 8/2/01 hasta el
30/9/01, por la suma de Pesos Cuatrocientos veintinueve con diez centavos (
$429,10), conforme lo dispuesto en el Artículo 140 y ccs. del Reglamento de
Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO EL DIA DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
EXPDTE. Nº 8.495/04