EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES , ACUERDA Y SANCIONA: el siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.758/05
( Texto Ordenado Ord. nro.3.647/04)
ARTICULO 1º: Modifícase la Ordenanza Nro 3647/04 por
el siguiente articulo 1º: Autorízase a ——————- la Empresa
denominada INSUMOS HOSPITALARIOS CHACABUCO S.A., a tramitar la
habilitación municipal del comercio en el rubro " Fabricación, esterilización y
exportación de bolsas colectoras, campos quirúrgicos, cánulas, sondas,
colostomía, tubuladoras, equipos extracorpóreos y demás productos fabricados en
PVC, polietileno o sus derivado, y compraventa de gasa, tela, adhesiva, sondas
foley, tubos endotraqueales, guantes, jeringas, agujas, hojas de bisturí,
pericraneales, equipos de infusión, suturas con o sin aguja, hilo de lino,
películas radiográficas , catéteres y demás accesorios antisépticos y/o
asépticos", conforme la documentación obrante en el Expediente Nº 8.674/04, en
el inmueble sito en el ejido de la ciudad de Chacabuco, designado catastralmente
como: CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCION J, MANZANA 644-D, PARCELA 15-F, PARTIDA
INMOBILIARIA Nº 28.027, excepcionándolo de la normativas establecidas por la
Ordenanza de Zonificación Nro. 2.322/00.-
ARTICULO 2 º: Previo al funcionamiento de la Fábrica
descripta en el Articulo Primero, la ——————— Empresa " INSUMOS
HOSPITALARIOS CHACABUCO S.A.", deberá cumplimentar con los requisitos
exigidos por el Ministerio de Salud de la Nación y normativas vigentes en la
materia, en particular, con la aprobación del A.N.M.A.T.
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
—————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 8.674/05.-
AUTOR: Dr. Mauricio BARRIENTOS