EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.793/05
ARTICULO 1º: Autorízase a la Productora de Seguros
MAPFRE ARGENTINA ——————– SEGUROS S.A., Sra. Susana De Antoni al
uso del espacio público en el riñón de la intersección de las calles Reconquista
y Pueyrredón, los días 14 y 15 de mayo, con motivo de poner en conocimiento el
Programa de Prevención y Seguridad Vial.-
ARTICULO 2º. Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————– Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes con respecto a la
utilización de espacios públicos.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 8.922/05.-