EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.820/05
ARTICULO 1º: Autorízase a la utilización del espacio
público para la realización de ——————- seis (6) freatimetros en las
adyacencias de la estación de servicios ubicadas en la intersección de Entre
Ríos y Vieytes de esta ciudad conforme croquis que se adjunta.-
ARTICULO 2º:El Departamento Ejecutivo instrumentará
los controles y ——————- fiscalizaciones pertinentes como asimismo
aplicará los derechos y tasas previstas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.-
ARTICULO 3º:El peticionante AES- DISAB deberá
comunicar fehacientemente al —————— Departamento Ejecutivo fecha de
inicio y finalización de obra como así también todo otro dato y/o documentación
que se le exija.-
ARTICULO 4º: La empresa requirente deberá adoptar las
medidas de seguridad adecuadas —————— en la ejecución de la obra
siendo a su exclusivo cargo todos los gastos que ello demande y constituyéndose
como único responsable a cuyo efectos deberá acreditar ante el Departamento
Ejecutivo la contratación de los seguros correspondientes.-
ARTICULO 5º: Previo, abonar la tasa por uso del
espacio público.-
—————
ARTICULO 6º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
—————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE RNO. 8.970/05.-