EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.829/05

ARTICULO 1º: Autorízase a los Artesanos
Independientes, al uso del espacio público en Plaza ——————– San
Martín los días 8, 9 y 10 de Julio de 2005, con motivo de realizar "LA 13º
FERIA DE ARTESANIAS URBANAS Y TRADICIONALES".-

ARTICULO 2º:Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————– Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios público.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO. 8.980/05