EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.842/05
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
Nº 3269/03 a los Sres. Postararo, ——————– Claudio DNI
26.341.988 y Torlo, Marcelo DNI 18.001.321 permitiéndosele el funcionamiento
; previa habilitación municipal de un comercio en el rubro " Mini mercado"
en el inmueble ubicado en calle Pueyrredón Nro. 412, que se designa
Catrastalmente como: Circ. 1; Secc. F, Qta. ; Mza 437 B, Parc. 18; PDA: 4720 del
ejido de Chacabuco.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 8.972/05