EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.866/05
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ——————– efectuar el pago en virtud
de la documentación obrante en el Expediente Administrativo Nro. 4029-2854/05
al proveedor municipal Nro, 430 LA LEY S.A. Editora e Impresora por la
suma parcial de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO ( $ 2.864),
correspondiente al periodo 01/05/2004 al 31/12/2004 de la factura Nº A
0001-00499847; conforme lo dispuesto en el art. 140 y ccs. del Reglamento de
Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el Art. 1º
de DOS MIL OCHOCIENTOS ——————— SESENTA Y CUATRO ( $ 2.864) se
imputará a la partida de deuda flotante del actual presupuesto de gastos y
recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL CINCO.-
EXPTE NRO. 8.973/05.-