EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIOINES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.867/05
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ——————- efectuar el pago en virtud
de la documentación obrante en el Expediente Administrativo Nro. 4029-1045/05
por la suma parcial de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES, con cuarenta
y dos centavos ( $ 9.373,42); y PESOS NUEVE MIL SESENTA Y OCHO con
treinta y tres centavos ( $ 9.068,33) en concepto de Honorario Médicos
COSANOBA correspondiente a los meses noviembre y diciembre del año 2004;
conforme lo dispuesto en el art. 140 y ccs. del Reglamento de Contabilidad de la
Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el art. 1º
de PESOS NUEVE MIL ——————– TRESCIENTOS SETENTA Y TRES, con cuarenta
y dos centavos ( $ 9.373,42); y PESOS NUEVE MIL SESENTA Y OCHO con
treinta y tres centavos ( $ 9.068,33) , respectivamente se imputará a la
partida de deuda flotante del actual Presupuesto de Gastos y Recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL CINCO.-
EXPTE NRO. 8.870/05